Un solo progenitor/tutor/amigo/solo – carta de autorización para el viaje del menor
Documentación
Los menores deben llevar identificación adecuada como certificado de nacimiento, pasaporte, tarjeta de ciudadanía, tarjeta de residente permanente o Certificado de Estatus Indiano. Consulte con su agente de viajes/el consulado de su país de destino para conocer la última hora sobre requisitos de documentación.
Para cualquier destino se recomienda encarecidamente que los niños menores de 18 años lleven una carta de consentimiento firmada por ambos progenitores/el tutor legal para cada uno y todos los viajes si los niños viajan con solo un progenitor, solos o con otras personas. La carta debería incluir dirección y números de teléfono en los que se pueda contactar con los progenitores o el tutor. Los padres divorciados o separados deberían llevar los documentos de custodia o separación legal y/o una carta de autorización para facilitar su entrada en Canadá.
Estos son requisitos conocidos para los viajeros menores de edad (sujetos a cambio sin previo aviso; consulte con su agente de viajes/consulado sobre normativa actual para el país de destino):
Todas las personas menores de 18 años que necesiten un visado y viajen al Reino Unido como visitantes deben estar en posesión de un visado de "Niño visitante".
Si desea más información, póngase en contacto con su agente de viajes o visite la página web de la Agencia de fronteras del Reino Unido.
Para los menores (entre 5 y 14 años ambos incluidos) que viajen de Italia a Canadá con pasaporte italiano Y que viajen solos, con un progenitor o un tercero.
Para poder viajar se debe presentar para hacer la facturación una declaración jurada de la autorización, firmada por el progenitor ausente, ambos progenitores o el tutor legal, y con el sello de la policía italiana en su municipio. Los pasajeros sin esta declaración jurada no podrán hacer la facturación.
Si desea más información, visite http://poliziadistato.it/articolo/191
Menores de 18 años de edad que salgan de la República Dominicana solos O que salgan de la República Dominicana acompañados por una persona diferente de aquella con la que entraron.
Para poder viajar, el menor debe llevar una carta de consentimiento, notarizada y traducida a español para SALIR de la República Dominicana. Esta carta de consentimiento debe ser de ambos progenitores, el otro progenitor en caso de que el menor viaje con solo uno de ellos (su tutor legal o progenitor custodio) y debe autorizar el viaje e indicar los destinos y fechas de vuelo. Si se redacta en Canadá, la carta debe ser certificada ante notario en la Embajada Dominicana o consulado más cercanos al lugar de residencia del progenitor o tutor, y traducida a español. La traducción o notarización también se puede hacer en la República Dominicana.
Menores de 18 años que viajen con otra persona diferente a sus progenitores
Cuando un menor de 18 años viaje con otra persona diferente a sus progenitores, se requiere una carta del progenitor ausente. No tiene que estar certificada ante notario y se debe presentar para la entrada y la salida. Si desea más información, visite Gobierno de Canadá.
A partir del 15 de enero de 2017, un menor (por debajo de los 18 años) que viva en Francia (incluidas las Antillas Francesas) que no esté acompañado por un progenitor o una persona que tenga la patria potestad, no podrá dejar el país sin una autorización denominada Autorisation de sortie du territoire (AST).
Para viajar a Canadá, el menor debe tener los siguientes documentos:
1. Un pasaporte vigente
2. Una autorización AST firmada por un progenitor o la persona que tiene la patria potestad
3. Una fotocopia del documento de identidad o pasaporte del progenitor firmante (debe estar vigente o haber caducado por menos de 5 años)
Para más detalles sobre la AST y cómo descargar el formulario, visite el
sitio web oficial de la administración francesa Se abrirá en otra ventana del explorador (solo en francés).
Para viajar a Canadá también se solicitan una eTA (Autorización de viaje electrónica) y las visas correspondientes.
A partir del 17 de julio de 2019, los ciudadanos españoles menores de 18 años que viajen solos fuera del territorio europeo deberán contar con una autorización especial expedida en una delegación de la policía española, ayuntamiento o notaría local. El documento debe tener un sello oficial de la autoridad competente y estar firmado por ambos padres o por el tutor legal/padre con custodia. El documento también debe indicar los destinos y las fechas de viaje.